El Tribunal de Justicia, con sede en Luxemburgo, enjuicia de conformidad con los tratados de la UE. Se trata de la última instancia encargada de interpretar las cuestiones jurídicas de la UE con arreglo a los tratados.
Resuelve sobre recursos interpuestos por ciudadanos o asociaciones, por un Estado miembro en contra de otro, por Estados miembros contra instituciones de la UE y viceversa y por una institución de la UE contra otra.
El Tribunal de Justicia Europeo está compuesto por un juez por Estado miembro y está asistido por nueve abogados generales encargados de preparar los casos. Éstos se distribuyen en cámaras
El Tribunal de Justicia sólo es competente en cuestiones relacionadas con el primer pilar (supranacionales) y, por tanto, recibe la denominación oficial de Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
En virtud del Tratado de Niza, el Tribunal obtuvo nuevas competencias en asuntos de Justicia e Interior, por lo que ahora se le puede denominar Tribunal de la UE.
El Tribunal de Luxemburgo ha ejercido una gran influencia en lo que se refiere a la interpretación de los Tratados de un modo merced al cual el ámbito de competencias de la UE se ha ampliado eficazmente hasta alcanzar su máxima extensión.
En 1964, en relación con el asunto Costa vs. Enel, el Tribunal decidió que la legislación comunitaria debía prevalecer sobre la nacional. En 1970, con respecto a los asuntos Internationale Handelsgesellschaft y Simmenthal, decidió que la legislación comunitaria prevalecía asimismo sobre las constituciones nacionales.
El futuro
Si la Carta de los derechos fundamentales acaba siendo jurídicamente vinculante, tal como se propone en el Proyecto de Constitución, el Tribunal rivalizará con el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de Estrasburgo, dado que ambos se encargarán de asuntos relacionados con los derechos humanos.
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