Acuerdos internacionales

Latvia signing the Accession Treaty (Photo: European Commission)

La UE puede celebrar acuerdos internacionales sobre comercio u otros temas siempre y cuando esté facultada internamente para legislar sobre tales asuntos (en el seno de la UE). Dichos acuerdos externos se deciden con arreglo a las mismas normas que los referidos a las políticas internas. Dicho principio se recoge ahora en el apartado 6 del artículo 133.

A modo de ejemplo, si una votación por mayoría cualificada puede determinar una política interna, un acuerdo internacional también podrá decidirse por mayoría cualificada.

El futuro

La Convención sobre el futuro de Europa propone convertir la votación por mayoría cualificada en el procedimiento común de toma de decisiones en relación con los acuerdos internacionales, incluidos los que formen parte de la política exterior.