No existe un capítulo general de los tratados de la UE dedicado a la energía, si bien la letra u) del artículo 3 del TCE menciona la energía como uno de los ámbitos en los que la Unión puede actuar con el fin de lograr sus objetivos.
La UE también tiene competencias en materia de política energética con arreglo a la normativa común comunitaria en cuestiones de desarrollo del mercado interior, las redes transeuropeas, la cohesión económica y social y la política medioambiental.
La energía nuclear forma parte del Tratado Euratom.
El futuro
El Proyecto de Constitución propone que la energía se convierta en competencia compartida. Esto implicaría que la legislación de los Estados miembros en materia energética quedaría sin efecto en caso de que la UE decidiese introducir leyes al respecto.
El Tratado EURATOM se incorporará en forma de anexo a la Constitución.